Aspectos prácticos para la Huelga del 8 de junio

Aspectos prácticos para la Huelga del 8 de junio

Detallamos algunos aspectos prácticos del derecho a la huelga que conviene conocer para evitar manipulaciones.

La convocatoria de huelga realizada por el Sindicato Médico de Euskadi, proporciona la cobertura legal necesaria a todos los médicos y facultativos de Osakidetza, sean o no afiliados al Sindicato.
No existe, por parte del trabajador, la obligación de comunicar a la empresa, si se hace o no huelga. Nada impide, tampoco, cambiar de opinión. El trabajador puede libremente decidir, el mismo día de la huelga, si acude o no al trabajo, siempre y cuando no haya sido designado para cubrir servicios mínimos.
Los servicios mínimos son pactados por el Comité de huelga y la Dirección de Osakidetza. Si hay discrepancias los impone el Departamento de Trabajo. Los criterios acordados serán aplicados por las respectivas gerencias periféricas (siempre suele haber algunos incumplimientos).  
Los trabajadores designados para servicios mínimos deberán acudir al trabajo donde su labor no será la ordinaria, sino la cobertura de dichos mínimos. Si existe personal no huelguista suficiente, deberá ser dedicado a cubrir íntegramente los mínimos. Cualquier huelguista nombrado para servicios mínimos puede traspasar sus funciones a un no huelguista de la misma categoría si lo hubiese.
Las huelgas sanitarias tienen un fuerte componente mediático. Por ello, interesa reunir la mayor información posible para salir a la prensa. Podéis comunicar a: sme@sme.es si vuestro centro de salud, o vuestro servicio hospitalario concreto va a ir a la huelga el día 8 de Junio.