Circular sobre el disfrute de vacaciones 2020

La Dirección de Recursos Humanos ha remitido una circular en la que recuerda la normativa en lo relativo al disfrute de las vacaciones, licencias de Asuntos Propios y Moscosos.

En ella dice lo siguiente:
Las vacaciones no pueden ser compensadas, ni todo ni en parte, en metálico, y por ello, no se contempla la retribución de vacaciones no disfrutadas.

 

En el contexto actual se irán adoptando medidas de desescalada para ir asumiendo la actividad asistencial ordinaria de forma paulatina, si bien, no se puede descartar un rebrote de la epidemia de Covid-19 este otoño.

Conjugando ambas cuestiones, y con el fin de establecer criterios homogéneos de aplicación a todas las Organizaciones de Servicios, se valora de forma excepcional la ampliación del plazo de solicitud de vacaciones, así como el periodo preferente de disfrute de éstas que se contempla en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo.

  • Solicitud de las vacaciones. Si bien en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo se indica que las vacaciones deben ser solicitadas en el primer cuatrimestre, se amplía el plazo de solicitud hasta el próximo 15 de mayo de 2020.
  • Disfrute preferente de las vacaciones. Si bien en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo se indica que se disfrutarán preferentemente en los meses de junio a septiembre, dado la excepcionalidad de la situación vivida se amplía el periodo de disfrute preferente hasta el 12 de octubre de 2020.
  • Disfrute de licencia de asuntos particulares y de días adicionales de asuntos particulares por antigüedad. Dada la excepcionalidad vivida se amplía su disfrute hasta el 31 de enero de 2021.