Complementos Personales en AP

El SME-Sindicato Médico ha ganado una nueva sentencia sobre los Complementos Personales derivados de la implantación de la TIS

Nuevamente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado la razón al Sindicato Médico en una demanda interpuesta contra Osakidetza en representación de 24 médicos, generalistas y pediatras, de Atención Primaria.

Una vez más, -ya van unas cuantas los juzgados enmiendan la plana a Osakidetza en el largo y fastidioso asunto de los Complementos 665 y 687 que el Servicio Vasco de Salud viene absorbiendo desde 1991, por adscripción de nuevas TIS.

El Tribunal Superior dice claramente que no procede absorción alguna hasta el año 2000 y que, a partir de esa fecha, puede hacerlo siempre y cuando dicha absorción lo sea por aumento de tarjetas individuales y se demuestre claramente dicho incremento.

Osakidetza paga cuando le condenan pero se abstiene de regularizar la situación y proceder luego conforme a derecho. Así gana tiempo y dinero, pues paga con retraso y solo a quienes reclaman.

Seguiremos pleiteando; no nos dejan otra salida.