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Conflicto Colectivo MIR: El SME recurre la sentencia

Conflicto Colectivo MIR: El SME recurre la sentencia

El SME recurre la sentencia ante el Tribunal Supremo   El 30 de septiembre de 2003, ha recaído Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el conflicto colectivo planteado en su día por el S.M.E., relativo a los MIR.Como todos recordaréis, se solicitaba la anulación de la cláusula 4ª C, por entender que no respetaba el derecho que tienen los MIR al descanso de 12 horas entre jornadas, derecho que en la actualidad queda a la libre disposición de Osalidetza (sólo descansan si Osakidetza lo permite, cosa que frecuentemente no sucede) y se solicitaba asimismo que las guardias de este personal., dado su carácter formativo, se incluyeran dentro de su jornada anual de 1.645 horas y no al margen de la misma.

Pues bien, respecto al descanso, señala que los MIR tienen derecho a disfrutar del descanso entre jornadas que marca el art 34 ET (12h), debiendo establecer Osakidetza “los mecanismos, previsiones e instrumentos necesarios para cubrir las tareas asistenciales de los centros, puesto que, tampoco puede ser el colectivo afectado un sistema para atender aquello que no les corresponde”.

Sin embargo, el TSJPV en su fallo no hace mención del otro aspecto solicitado, relativo a la inclusión del tiempo de guardias dentro de la jornada anual, y sí se pronuncia sobre algo que no se había solicitado como es el tiempo máximo de duración de su jornada semanal, que no debe superar la media de 58 horas.

A pesar de ello, declara en su sentencia que no ha lugar a anular la cláusula del contrato MIR.

A pesar de la delimitación y avance en la clarificación de los derechos de los MIR que supone la sentencia, en la que se reconoce de manera expresa al derecho de este colectivo médico a disfrutar de un descanso entre jornadas de 12 horas, el SME ha anunciado ya el recurso a la misma ante el TS, al entender que:

  • la cláusula no garantiza en todo caso y circunstancia el derecho al descanso entre jornadas, que reconoce la sentencia, sino que lo subordina a la voluntad de Osakidetza. 
  • la formación que adquiere el MIR durante la guardia forma parte de su formación global como médico especialista, y, por tanto, el tiempo de guardia debe ser considerado dentro de su jornada anual formativa de 1.645 horas. 
  • lo que sobrepase de las 1.645 horas, hasta el máximo de 58 horas semanales, debe tener la consideración de jornada extraordinaria.