NO a la Directiva europea-Estrasburgo

NO a la directiva europea

El miércoles 17 de Diciembre serán debatidas y votadas en el Parlamento Europeo las modificaciones a la Directiva Comunitaria 88/2003/CE sobre Tiempos de Trabajo, modificaciones francamente lesivas para nuestra profesión y que están siendo contestadas desde todas las organizaciones que representamos a los médicos.

Cuarenta y ocho horas antes, el lunes día 15, médicos de los 27 países de la Unión Europea se concentrarán y manifestarán frente al Parlamento Europeo en la ciudad francesa de Estrasburgo, como punto culminante de una jornada de protesta médica a nivel de todo el continente.

En lo que respecta a España, las movilizaciones, para este mismo día 15 de Diciembre, están siendo convocadas por Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, Sindicatos Profesionales, Asociaciones de MIR, Decanos de Facultades de Medicina y Consejos de Estudiantes.

 

Antecedentes
Hace 15 años, en 1993, se publica la primera Directiva Comunitaria (Directiva 93/104/CE) que regula, a nivel europeo, diversos aspectos en relación con las condiciones de trabajo y su repercusión en la salud de los trabajadores. Esta regulación supone un hito laboral de extraordinaria importancia: Define conceptos (trabajo nocturno, trabajo a tiempo parcial, tiempo de trabajo, tiempo de descanso …… etc); establece limitaciones al tiempo máximo de trabajo (48 horas/semana); impone descansos obligatorios, tanto diarios (11 horas seguidas cada 24 horas) como semanales (35 horas seguidas/semana); fija un mínimo de 4 semanas de vacaciones….. por mencionar algunos de los aspectos más significativos.
En otro sentido -y no de menor importancia- hay que destacar que la Directiva es de obligado cumplimiento para todos los países miembros, y si, tras un periodo de adaptación, las legislaciones nacionales no se acomodan a la misma, la Directiva se convierte en una norma de aplicación directa en estos países «remolones» pudiendo invocarse ante sus tribunales de justicia como si se tratase de legislación propia.

Sucesivas modificaciones han precisado diversos aspectos, de especial importancia para los médicos: Así, se amplía el límite de 48 horas a los Médicos en Formación (Directiva 2000/34/CE), y se define el tiempo de guardia como tiempo de trabajo efectivo (Sentencia SIMAP de 3 de Octubre de 2000) y Sentencia Jeäger de 9 de Septiembre de 2003). Todas estas modificaciones quedan plasmadas, finalmente, en la Directiva 2003/88/CE. Esta directiva es la que ahora pretende modificar el Parlamento de Estrasburgo, votando una propuesta de la Comisión Europea que la desvirtúa en sus aspectos más sustanciales, como se podrá ver a continuación.

Aspectos que se pretenden modificar

  • 1)La cláusula del "OPT-OUT"

    «DE 48 A 65 HORAS SEMANALES»

    La legislación, tal como está actualmente, limita a 48 horas semanales el máximo de tiempo de trabajo exigible a cualquier trabajador. En el caso de los médicos no se puede traspasar este límite sumando las horas de trabajo y las horas de guardia.

    La reforma propuesta quiere introducir la posibilidad de renunciar voluntariamente (opt-out) a ese límite y extenderlo hasta las 65 horas en el caso de los médicos y 60 horas en el conjunto de los trabajadores. Si prospera la modificación, desaparecerá el carácter obligatorio e infranqueable de las 48 horas, carácter éste, que busca proteger al trabajador de las presiones destinadas a que renuncie «voluntariamente» a este límite máximo.

  • 2) Guardia inactiva

    «TRABAJANDO SIN TRABAJAR»

    Actualmente, la directiva no distingue más que «tiempo de trabajo» y «tiempo de descanso», y define el tiempo de trabajo como «tiempo en el que se permanece en el centro de trabajo a disposición del empleador»

    Con esta definición, el tiempo de guardia es tiempo de trabajo en el pleno sentido de la palabra.

    La reforma prevista divide el tiempo de guardia en «tiempo activo» durante el cual, el médico está trabajando, y «tiempo inactivo», durante el cual, el médico -se dice- no trabaja. Esta división, no hace sino usar trucos semánticos para inventar un tercer tiempo, que no es ni trabajo ni descanso, que -y esto es lo que realmente se busca- no computaría para límites máximos y se pagaría mucho menos. ¿Cómo se puede justificar,    -si no existiese este subterfugio semántico- que un médico no se encuentra trabajando pero, al mismo tiempo, tampoco es dueño de su tiempo?

  • 3) Supresión del descanso compensatorio inmediato

    "HASTA QUE EL CUERPO AGUANTE"

    Cuando se realizan 24 horas ininterrumpidas de trabajo, la directiva actual prevé un descanso compensatorio  de, por lo menos, 11 horas. Este descanso debe concederse de forma inmediata.

    Es evidente la intención de la directiva que, exigiendo la inmediatez del descanso obligatorio, busca proteger la salud del trabajador, y en el caso de las guardias médicas y otras profesiones, garantizar la seguridad del público impidiendo que sigan trabajando, contra su voluntad, unos profesionales excesivamente fatigados.

    La reforma prevista acabaría con la inmediatez obligatoria del descanso, que podrían ser sustituídos por «descansos alternativos» en un «periodo razonable». No hay, además, ninguna definición de esta «razonabilidad», por lo que su plasmación práctica, quedaría en manos del empleador, y todos sabemos lo que ello puede llegar a significar.

 

Desde el Sindicato Médico hemos enviado una nota de prensa denunciando la situación. Los médicos de Euskadi no debemos ni podemos permanecer indiferentes; somos un grano de arena en Europa, pero nuestro grano es tan importante como el que más. Protesta apoyo de nuestros compañeros que se manifiestan en Estrasburgo:

  • Realizando un paro simbólico de 15 minutos el lunes 15 de Diciembre de 10:00 a 10:15.
  • Haciendo visible tu protesta mediante la difusión y colocando el cartel que te adjuntamos [descargar cartel]