Reclamación del permiso por cumplimiento de trienios. Días canosos

Hace varios meses, el Juzgado nº6 de Bilbao dictó una sentencia en la que se reconocía a los demandantes (Ertzaintza) el derecho a disfrutar los días «canosos» que cada cual tuviese a fecha de 15 de Julio de 2012. Esta sentencia está recurrida por el Gobierno Vasco Ante el Tribunal Superior. Evidentemente, si el Tribunal Superior termina por confirmar la sentencia, marcará un precedente aplicable a toda la función pública, también, por supuesto, para Osakidetza; pero, eso, no ha ocurrido aún.

 

Ultimamente, circulan modelos de reclamación sobre este asunto, que transmiten una supuesta urgencia en efectuar la reclamación. Ello está produciendo cierto revuelo y nerviosismo entre los muchos facultativos que podemos estar implicados en las consecuencias de la sentencia. No existe motivo para el nerviosismo ni para las prisas, pues las demandas que se realicen ahora quedarán paralizadas a la espera de que se pronuncie el Tribunal Superior.

 

El Sindicato Médico tiene interpuesto un conflicto colectivo para todos los facultativos de régimen laboral en razón de que esta modalidad contractual tiene un periodo de prescripción corto (1 año). Para los facultativos estatutarios y funcionarios el periodo de prescripción es mayor (4 años) y vemos más conveniente esperar el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, para ir sobre seguro y evitar procedimientos innecesarios.