Sentencia sobre complementos en guardias

La realización de guardia de presencia física en día festivo da derecho al cobro del correspondiente complemento retributivo.

 

Un Juzgado de lo Social de San Sebastián ha resuelto, favorablemente, la Demanda interpuesta por el Sindicato Médico en nombre de dos médicos del Hospital Donostia.

El Acuerdo de Condiciones de Trabajo de Osakidetza fija un complemento retributivo para los servicios prestados en domingo y festivo. Este complemento se paga con cada turno de trabajo realizado en día festivo y se retribuye mediante una cantidad variable según el turno trabajado sea diurno (65,91 euros) o nocturno (94,16 euros). Aplicando estos complementos, cada guardia de festivo o domingo genera un suplemento de 131,82 euros y cada guardia en víspera de festivo debe recibir 94,16 euros de más.

La Sentencia reconoce que este complemento es de plena aplicación a los servicios prestados en concepto de presencia física y condena a Osakidetza a pagar las cantidades reclamadas con sus correspondientes intereses.

No obstante, una demanda en los mismos términos exactos, ha sido desestimada por otro Juzgado, también de San Sebastián. Naturalmente, hemos recurrido y, finalmente, será el Tribunal Superior de Justicia quien dirá la última palabra.