Servicios mímimos para el paro de mañana, 6 de noviembre

Osakidetza no se ha movido un centímetro desde que se anunciaron las huelgas hace ya varios meses. Es evidente que han decidido mantenerse inmóviles esperando que los paros no vayan demasiado lejos. Posiblemente esperan que la apatía diluya pronto la protesta y han decidido soportar el desgaste político de una huelga en los servicios públicos esenciales.

Esto puede ocurrir; dependerá de todos nosotros. No procede reiterar lo que venimos diciendo desde hace meses: cada uno de nosotros ha perdido varios miles de euros en reducción salarial, aumento de jornada y abolición de licencias, por no hablar de otras múltiples circunstancias que no procede enumerar. Quien piense que Osakidetza se moverá sin que le empujemos, está fuera de la realidad.

 


HUELGA DEL 6 DE NOVIEMBRE
SERVICIOS MÍNIMOS

Como era de esperar, no hay acuerdo en la instauración de los servicios mínimos durante la huelga. La parte sindical consideramos que es suficiente garantizar el mismo nivel de asistencia que en cualquiera de los 66 festivos y domingos del año. El Gobierno Vasco se opone y los aumenta. ¿Será que Osakidetza mantiene la atención ordinaria de los festivos por debajo de los mínimos tolerables y pone en riesgo la integridad física de la población?

Evidentemente, para el Gobierno no es cuestión de respetar la lógica sino de disminuir el impacto de la huelga. Como finalmente, a falta de acuerdo, los servicios mínimos los impone el Gobierno Vasco, la Orden que ha emitido responde a sus  intereses.

CENTROS HOSPITALARIOS

Personal habitual de un festivo, pero ampliando el servicio a hemodiálisis, tratamientos oncológicos y situaciones indemorables.

ATENCIÓN PRIMARIA

Personal y servicios correspondientes a una jornada de sábado.
Abrirán, por tanto, los centros de salud y consultorios que, habitualmente, presten servicio los sábados y se nombrarán servicios mínimos al mismo número de personas que trabajen los sábados. No obstante y sobrepasando lo señalado por la Orden, van a nombrar también personal de mínimos para atender avisos domiciliarios.

OTRAS CONSIDERACIONES

La misma Orden, en su Punto Segundo, establece textualmente que:

“Los servicios antedichos deberán prestarse por las personas que no ejerciten el derecho de huelga, salvo que con dicho personal no se alcance a cubrir los servicios mínimos establecidos”

Queda, pues, meridianamente claro que quien, por voluntad propia, advierta con anticipación su intención de secundar la huelga, no debería ser nombrado para cubrir servicios mínimos.

En el mismo sentido, quien habiendo sido designado para cubrir mínimos y deseando secundar la huelga, encuentre que al llegar al centro de trabajo hay personal de su categoría dispuesto a trabajar, tiene derecho a que los servicios mínimos le sean retirados. Para ello debe dirigirse al responsable del centro.

Durante el tiempo de servicios mínimos, la obligación laboral se limita a atender las situaciones que tengan el carácter de indemorables.