Sobre el Complemento de turnicidad

Se ha conocido una reciente sentencia del TSJ del País Vasco, que reconoce el derecho a percibir el Complemento de Turnicidad para todo aquel personal que, de forma habitual, en su jornada ordinaria, alterne turnos de  trabajo de mañana y de tarde.

Nuestros servicios jurídicos están analizando la sentencia en detalle para proceder, en su caso, a presentar las demandas individuales que proceda en derecho.

Informaremos puntualmente de cualquier novedad.