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Perfiles Lingüísticos: aclaración de dudas por parte del Servicio de Desarrollo y Formación

Se han planteado algunas dudas por parte de los Sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad sobre los perfiles lingüísticos de euskera. Por ello, el Servicio de Desarrollo y Formación ha adaptado algunas explicaciones. Son las siguientes:

  • Cambios que afectan al personal de Osakidetza.
  • El cambio principal es que ya no se acreditarán los perfiles lingüísticos por medio de Osakidetza, sino por el IVAP, de manera que, a partir de ahora, las convocatorias y la expedición de los títulos corresponderá al IVAP.
  • Respecto a las condiciones para poder participar en las convocatorias sí hay un cambio que afectará a algunos trabajadores y trabajadoras temporales de Osakidetza: a partir de ahora, para poder inscribirse en una convocatoria, es necesario disponer al menos de un contrato durante el plazo de inscripción (por ejemplo, en esta 1ª convocatoria, del 2 al 15 de febrero); antes, el plazo del contrato lo determinaba el tiempo entre la última convocatoria y la siguiente (es decir, unos 5 o 6 meses). Este aspecto ha sido ya consultado por el servicio de euskera de Osakidetza al IVAP, y la respuesta ha sido que dicha condición es una norma suya, ajustada a derecho, que siempre han aplicado y aplicarán por igual al personal de todas las administraciones. 
  • Información completa del proceso.
  • Exceptuando lo explicado en el párrafo anterior, el procedimiento no ha sufrido otros cambios reseñables. Para ello puede consultarse la convocatoria 2023-1, del IVAP, en el BOPV de 01/02/2023 (nº22).
  • En cuanto a la información sobre las diversas fases del proceso que siempre ha recibido el personal de Osakidetza (plazos de inscripción, fechas de exámenes, resultados de las pruebas, plazos de reclamación…), Osakidetza continuará remitiéndola como hasta ahora, a través de su intranet.
  • A las personas que hasta ahora han participado en las convocatorias de Osakidetza y no van a poder participar por no tener contrato, ¿se les reservará la nota de la prueba oral para la siguiente convocatoria?
  • No. De una convocatoria a otra sí se guarda la nota del examen escrito en caso de aprobarlo y suspender el oral, pero no se guarda entre convocatorias no continuas.

Esperamos haberos ayudado a resolver vuestras dudas.