La oferta pública de empleo, Osakidetza y el euskera

En la OPE actualmente en curso se va a producir, con toda probabilidad, una situación inédita: Algunos opositores que, tras superar el exámen y valorar los méritos, queden encuadrados en  posición suficiente para que se les adjudique plaza, no podrán tomar posesión y culminar su derecho a la misma por no cumplir el perfil lingüístico preceptivo.

No vamos a pasar por alto que esta situación deriva de la obligatoria adaptación de la convocatoria de OPE al panorama legal vigente en Euskadi, en concreto a la Ley de Normalización Lingüística de 1982, votada en su momento por el Parlamento Vasco y al Decreto de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza-SVS de 2003, que desarrolla la ley anterior. Esto implica, obviamente, que cualquier modificación sustancial de la política lingüística de Osakidetza, precisaría de cambios legislativos previos que son competencia del Parlamento y de sus equilibrios políticos.

Todo ello no obsta para que la situación –indeseable- de estos opositores deba ser solucionada en lo posible o, cuando menos, paliada. El Sindicato Médico ya propuso a Osakidetza (hace meses) una posible solución, que consistiría en reconocer a los afectados, por su orden de lista, la propiedad genérica de una plaza, quedando pendiente de adjudicación concreta hasta que existiese plaza vacante o de nueva creación susceptible de ser ocupada. Esta solución fue desestimada por Osakidetza, alegando que carecía de seguridad jurídica y, por otra parte, fue rechazada de plano por algunos  sindicatos que anunciaron la inmediata judicialización de la medida si se llevaba a efecto. Como medida paliativa, Osakidetza mostró su disposición a otorgar a los afectados preferencia absoluta en la lista de interinidades.

En el fondo de esta cuestión, late un debate que se soslaya continuamente, que nunca se ha hecho: el debate sobre la función del euskera en Osakidetza, sobre su papel como lengua de relación o como lengua administrativa, sobre sus límites, tan distintos en la teoría y en la práctica, sobre su relación con los procesos de selección de personal, en las OPEs, sobre su valoración en relación con los conocimientos técnicos y la experiencia profesional. Un debate, polémico, no cabe duda, pero necesario.

Mientras tanto, se da la gran paradoja de que, los mismos médicos que no podrán acceder a una plaza en propiedad por razones lingüísticas serán inmediatamente contratados para las mismas funciones (como eventuales o interinos) por una Osakidetza que les necesita para atender lo primordial de un servicio sanitario: la salud de la población. Y tendremos, asimismo, otra paradoja, aún mayor que la anterior, pues mientras extremamos las exigencias lingüísticas para los médicos de casa, no habrá otro remedio que pasar por alto el idioma que hablen los médicos que, con seguridad, deberemos «importar» desde países extranjeros.