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OPE 2020/2021/2022/Estabilización: corrección de errores en las bases específicas

Advertidos dos errores en las Resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial del País Vasco de 27 de diciembre de 2022, se procede a su corrección, de forma que:

Resoluciones corregidas: 1737/2022, 1738/2022, 1739/2022, 1740/2022,1744/2022, 1745/2022, 1746/2022, 1749/2022, 1750/2022, 1751/2022, 1752/2022, 1754/2022, 1755/2022, 1756/2022, 1757/2022, 1758/2022, 1759/2022, 1760/2022, 1761/2022, 1762/2022, 1763/2022, 1764/2022, 1765/2022, 1766/2022, 1767/2022, 1768/2022, 1769/2022, 1771/2022, 1772/2022, 1773/2022, 1774/2022, 1775/2022, 1777/2022, 1779/2022, 1780/2022, 1784/2022, 1787/2022, 1788/2022, 1789/2022,1794/2022, 1798/2022, 1803/2022, 1804/2022, 1805/2022, 1806/2022, 1807/2022, 1808/2022, 1811/2022 y 1814/2022.

Primero.– En la base 3.1.2 del Anexo I de cada una de las Resoluciones:

Donde dice:

«Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.1.1 (Bloque concurso-oposición) y 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar fotocopia compulsada, además de la documentación que se relaciona en la base 14.1.2 (bloque concurso-oposición) 14.2.2 (bloque concurso), de la siguiente:».

Debe decir:

«Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.1.1 (bloque concurso-oposición) y 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar:».

Segundo: En la versión de Euskera, en la base 3.2.a.2 del Anexo I de cada una de las Resoluciones:

Donde dice:

«Gai-zerrenda komunari buruzko galdera horiek prestatzeko bibliografia ere eranskin berean emango da.».

Debe decir:

«Gai-zerrenda orokorrari buruzko galderak prestatzeko bibliografia ere eranskin berean emango da.».

ACCESO A LA RESOLUCIÓN -BOPV-

Advertidos varios errores en la Resolución, 1785/2022 (Fac. Esp. Médico/a-Técnico/a Bioquímica Clínica), se procede a su corrección, de forma que:

Primero: Quedan suprimidas todas las referencias que en la citada Resolución se hace al Bloque Concurso-Oposición, por contar el proceso selectivo de la categoría de Bioquímico/a Clínico/a únicamente del Bloque Concurso.

Segundo: En la base 3.1.2. del Anexo I de la Resolución:

Donde dice:

«3.1.2.– Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar fotocopia compulsada, además de la documentación que se relaciona en la base 14.2.2 (bloque concurso), de la siguiente:

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado/a en Medicina, Farmacia, Biología, Química, Bioquímica o titulación equivalente y de la especialidad de Bioquímica Clínica, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.».

Debe decir:

«3.1.2.– Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar:

– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado/a en Medicina, Farmacia, Biología, Química, Bioquímica o titulación equivalente y de la especialidad de Bioquímica Clínica, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.».

ACCESO A LA RESOLUCIÓN -BOPV-