
Acción sindical
Nueva convocatoria de huelga de personal facultativo: consideraciones sobre servicios mínimos
A medida que se van desarrollando nuevas convocatorias de huelga del personal facultativo aumenta entre todos/as nosotros/as el malestar por la disparidad, los excesos y las arbitrariedades a la hora de aplicar por las diferentes OSIs, lo establecido en la Orden del Departamento de Trabajo sobre los servicios mínimos

Desde el SME se han realizado alegaciones y reclamaciones contra las Ordenes previas emitidas por el Dpto. de Trabajo, bajo la normativa legal que nos ampara para desarrollar estas acciones. Concretamente criticamos aspectos formales y de indefinición de la Orden de mínimos emitida por el Dpto. de Trabajo, así como por el escaso tiempo entre la publicación de dicha Orden y la fecha de la huelga. Todo ello genera una dificultad añadida a la hora de plantear posibles cuestionamientos a las OSIs ante el plan de mínimos que cada una de ellas establece.
A pesar de ello, desde el SME defendemos ante las respectivas direcciones que:
- Las órdenes de mínimos deben especificar por escrito quién ha sido nombrado, qué funciones debe desarrollar ese/a facultativo/a durante la/s jornada/s de huelga y quien es responsable directo de esa orden en cada centro de Atención Primaria y los diversos Servicios Hospitalarios.
- En dichas órdenes emitidas por las OSIs debe desaparecer el término “indemorable” por ambiguo, ya que el no hacerlo puede facilitar y animar a interpretaciones erróneas o abusivas a la hora de establecer las funciones de los servicios mínimos.
- Los delegados y delegadas del SME a pesar de la dificultad en cuanto a los plazos cortos de tiempo arriba mencionados y a la gran variabilidad asistencial existente en las diferentes Unidades y Servicios, acuden a las reuniones que convocan las diferentes OSIs defendiendo nuestra postura tal y como establece la propia orden de mínimos del Dpto. de Trabajo: Punto Tercero. 2 “…compete a la Dirección de la Empresa oída preceptivamente la representación de las personas trabajadoras, la designación nominal y la designación de funciones”.Dicho coloquialmente,nos tienen que escuchar, pero no siempre y necesariamente hacernos caso. A veces conseguimos rectificaciones y a veces no. Respuesta “Osi dependiente”
- Defendemos que los servicios mínimos tanto en cuanto al número de facultativos/as como en cuanto a las funciones asignadas a los mismos/as, sean similares a los que desarrollan los y las mismos/as durante los cinco días de Semana Santa (exceptuando la consideración que se debe dar a la asistencia del paciente oncológico y de las unidades de hemodiálisis tal y como se especifica en la Orden del Dpto. de trabajo). Consideramos que en el resto de circunstancias y durante esa festividad anual, el derecho a la asistencia al paciente ya está preservado tal y como defiende la Orden de Trabajo.
Finalmente, y como cuestiones prácticas, insistir en que:
- El derecho al ejercicio de la huelga es un derecho fundamental defendido en el ordenamiento jurídico.
- No hay por qué notificar a nadie nuestro deseo de participar o no en la huelga. Simplemente no acudir al puesto de trabajo los días señalados es suficiente.
- Se puede participar en la convocatoria de la huelga durante uno, varios o todos los días en que ha sido convocada la misma.
- Se puede VOLUNTARIAMENTE informar por escrito a la Dirección de Personas de la OSI en que trabajes, tu deseo de participar en la huelga. Si lo haces con una antelación razonable y salvo motivo de fuerza mayor, deberías quedar excluida del nombramiento como servicio mínimo.
- El nombramiento como servicio mínimo nunca deberá ser repetitivo referente a una persona, sino que será obligatoriamente rotatorio entre los diferentes facultativos de la Unidad o Servicio.
- El nombramiento de servicios mínimos es de obligado cumplimiento. El no hacerlo así puede conllevar consecuencias disciplinarias, o de otro tipo, muy graves.
- Si consideráis que vuestro nombramiento de mínimos en número de facultativos/as y/o las funciones a desarrollar durante el mismo es excesivo (actividad claramente no urgente que no se desarrolla en un festivo y exceptuando la hemodiálisis y la atención oncológica), os facilitamos escrito-guía para que podáis reflejar documentalmente vuestro desacuerdo (uno para Atención Primaria y otro para los hospitalaria). Si lo hacéis por escrito, hacedlo mediante el e-mail corporativo para que quede constancia documental. Podéis hacernos llegar al SME, escribiendo a servicios-minimos@sme.eus, dichos escritos para poder analizarlos y valorar opciones administrativas-legales frente a terceros.
Consideraciones finales:
- La determinación de los servicios mínimos, aún más en una huelga de personal facultativo, tiene necesariamente que defender por preceptivo legal tanto el derecho del paciente a la asistencia como el derecho del facultativo/a a ejercer su derecho fundamental de participar en la huelga.
- Desde el SME nos estamos dedicando “contra viento y marea” y en plazos limitadísimos en el tiempo, a defender este equilibrio. Finalmente es Osakidetza quien tiene la potestad de determinar los mínimos según establece la normativa vigente.
- Estamos realizando las, de momento, iniciativas administrativas que nos permite la normativa vigente y poder argumentar ante la Administración nuestro desacuerdo con la forma y fondo de las Órdenes de Servicios mínimos.
- También estamos solicitando información detallada a algunas OSIs sobre los servicios mínimos que están estableciendo.
Sinceramente, agradeceros toda la información que nos estáis enviando, personas afiliadas y no afiliadas, en relación con este tema. Con todo ello haremos una valoración de las iniciativas a seguir que veamos factibles.
Finalmente considerar que, si bien el tema de los servicios mínimos es algo importante en una huelga de personal facultativo, no es menos cierto que ”la gran baza” para el éxito de la misma se basa en la participación de todos aquellos/as que claramente no están sujetos/as a servicios mínimos y pueden participar. Estos/as suponen un número enorme de compañeros y compañeras.