
Laboral
Cotización por prácticas externas no remuneradas
Completando la información de nuestro Boletín nº 790 del 28/05/2025, pasamos a ofreceros datos prácticos obtenidos durante los últimos meses

La Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, que modifica la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, posibilita la cotización por el tiempo de prácticas externas no remuneradas que hicimos durante nuestra formación universitaria.
Esto es importante para quienes terminaron la licenciatura en los 80 o 90. Años de mucho paro médico que implicó temporadas largas sin cotizar. Por ello, ahora muchos/as no pueden jubilarse a los 65 años con el 100%, por no tener el tiempo cotizado necesario para esa fecha (2025 y 2026: 38 años y 3 meses, 2027 y siguientes: 38 años y 6 meses).
El proceso es el siguiente:
- Solicitud certificado de prácticas en la universidad donde se cursaron los estudios. Tardan unos 2 meses. En la EHU: Certificados de las prácticas y procedimiento para la cotización – Facultad de Medicina y Enfermería – EHU
- Solicitud Tesorería de la Seguridad Social: con el certificado, solicitar su inclusión en nuestro tiempo cotizado. Tardan unos 4-5 meses: TA 0040 PRÁCTICAS.cdr
- Pagar: en el propio trámite a la Tesorería lo cobrarán de oficio, en un pago o prorrateado, a elegir por el interesado/a
- Inclusión oficial en la Vida Laboral: de oficio desde la propia SS. Tardan unos 2 meses desde el pago.
Información complementaria:
- Documento información completa: Convenio especial v4.pdf
- Tipo de horas: solo las del 2º ciclo de la carrera, pues son las consideradas “externas”.
- Número de horas: varía según la universidad. En la EHU en todos los casos se contabilizan 1.289 horas, divididas por 8 horas por jornada, son 162 días cotizados.
- Precio: es un precio mensual según los años en los que se han hecho las prácticas (se adjunta tabla orientativa).
- Finalización: 31/12/2028.
Supuestos
- Si con 65 años cumplimos el tiempo de cotización: no es preciso hacer el trámite pero podría beneficiar para una pre-jubilación cobrando el 100% (*).
- Si con 65 años no cumplimos el tiempo de cotización y con el tiempo que nos den sí: podríamos jubilarnos cobrando el 100% a esa fecha.
- Si con 65 años no cumplimos el tiempo de cotización y tampoco llegamos con el tiempo que nos den: aún así, podría darse una pre-jubilación cobrando el 100%, dado que, si corresponde una jubilación superior al tope de la máxima, el descuento -en caso de prejubilación- se hace desde la pensión que nos correspondería cobrar, no sobre el tope legal (*).
(*) Se aconseja hacer una consulta personal en la Seguridad Social para valorar estas posibilidades, o cualquier otro tipo de duda.
NOTA: Hay otros tipos de prácticas que también cotizan, para lo que recomendamos consultar la normativa que se adjunta.