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Información actualizada sobre los servicios mínimos

Ante las jornadas de huelga convocadas para la semana que viene, el SME queremos resumir las actuaciones que hemos llevado a cabo hasta la fecha en relación con los servicios mínimos impuestos por las sucesivas Órdenes del Departamento de Trabajo, así como la aplicación de las mismas por parte de Osakidetza

Es necesario recordar que el SME, como integrante y convocante dentro del comité de huelga, debe ser oído preceptivamente por las OSIs a la hora de establecer los servicios mínimos. Sin embargo, la decisión final adoptada en cuanto a su aplicación es potestad exclusiva de estas direcciones.

Nos gustaría contar con mecanismos administrativos y legales que subsanaran con rapidez las presuntas irregularidades o abusos en la implantación de estos servicios mínimos. Lamentablemente, no siempre es así, ya que los procesos administrativos y judiciales tienen sus propios tiempos.

En cualquier caso, el SME tiene interpuestas dos demandas judiciales frente a las Órdenes del Departamento de Trabajo relativas a los servicios mínimos dictadas los días 11 de enero y 24 de abril de este año. En ellas detallamos todas las irregularidades que, a nuestro entender, albergan dichas órdenes: mínimos cuantitativamente abusivos, indefinición del término “indemorable” o el escaso plazo entre la publicación de la Orden de Trabajo y las jornadas de huelga.

Todo ello está propiciando que Osakidetza realice una interpretación “libre” al diseñar los mínimos “a pie de obra”, lo que está generando una profunda indignación.

Además, en la última demanda judicial frente a la Orden de Trabajo del 24 de abril, mediante la cual se modificaba y reforzaba la orden anterior, el SME solicitó al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la adopción de medidas cautelares urgentes.

Ante esta solicitud, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado un auto de estimación parcial en el que suspende el reforzamiento que imponía la presencia obligatoria de un pediatra cada 48 horas en aquellos centros de Atención Primaria que cuentan con asistencia pediátrica habitual. 

Esto no significa que el resto de nuestras reclamaciones queden desestimadas, sino que la Justicia se tomará su tiempo para dictaminar sobre el fondo del asunto. 

Por otra parte,hemos requerido, por vía administrativa y de forma reiterada, a las OSIs que nos informen en detalle sobre las características de los servicios mínimos que han implantado, habiendo obtenido respuestas ambiguas y, como poco, sorprendentes.

Con toda la información que estamos recabando de las Direcciones, junto con las notificaciones sobre presuntas irregularidades o abusos que nos hagáis llegar a través del correo servicios-minimos@sme.eus, actuaremos en consecuencia.

Tenéis a vuestra disposición los siguientes formularios: 

Respecto al argumento esgrimido por Trabajo y Osakidetza para justificar el aumento progresivo de los servicios mínimos (basado en el incremento de las listas de espera o las consultas suspendidas), queremos destacar que tanto el auto emitido por el TSJPV como el informe de la Fiscalía no lo consideran proporcionado para limitar el derecho fundamental a la huelga, al tratarse de un problema crónico de la sanidad pública previo a la convocatoria de la misma.

Por último, no debemos olvidar que: 

  • Los servicios mínimos impuestos son de obligado cumplimiento.
  • La Dirección debe detallar con precisión el contenido de la actividad que deben desarrollar las personas designadas para dichos servicios mínimos.
  • La fuerza de la huelga reside fundamentalmente en quienes no han sido nombrados como servicios mínimos y se adhieren activamente a la convocatoria. 
  • Nuestro objetivo sigue siendo demostrar, con respaldo judicial, que tanto el Departamento de Trabajo como Osakidetza están obstaculizando de una u otra forma el ejercicio de un derecho fundamental como es el derecho a la huelga.