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Servicios mínimos: dada la falta de respuesta por parte del Departamento de Trabajo del Gobierno Vasco, el SME inicia los trámites judiciales ante el TSJPV

En las convocatorias de huelga dirigidas al personal facultativo se dan cita dos derechos fundamentales: el de preservar la salud e integridad de las personas y el de ejercer la huelga por parte de las y los profesionales

Los denominados servicios mínimos o esenciales vienen regulados por las órdenes emitidas por la Consejería de Trabajo del Gobierno Vasco. Desde el SME hemos abordando este tema desde el inicio de las convocatorias de huelga para que estos sean proporcionados y equitativos respetando ambos derechos. Desgraciadamente esto no se está cumpliendo en muchos casos.

Las causas las podemos resumir en:

  • Diferente duración de las convocatorias (no es lo mismo dos días de huelga que cinco días).
  • Las Órdenes de la Consejería de Trabajo son publicadas 24 horas antes del inicio de la primera jornada de huelga. Además de ser ambiguas y genéricas, reflejan desconocimiento de la complejidad y diversidad de las circunstancias asistenciales que se dan en Osakidetza.

Todo ello hace que las reuniones previas que Osakidetza está obligada a mantener con el SME no sean operativas, ya que no hay tiempo suficiente para analizar y contrastar la información. Si a esto añadimos que la normativa establece que el sindicato convocante de la huelga «debe ser oído» pero es a las Direcciones a quienes corresponde determinar cómo se van a aplicar esos mínimos, el riesgo de caos está garantizado. 

Por eso desde el SME hemos llevado a cabo varias iniciativas acordes con el marco legal vigente:

  • Solicitud formal y detallada a todas las OSIs sobre el número de facultativos/as designados/as como servicios mínimos, así como las funciones atribuidas a cada una de las personas designadas, exigiendo que estas se trasladen de forma individual y por escrito.
  • Recurso ante la Consejería de Trabajo del Gobierno Vasco para que se declare nulo de pleno derecho el articulado de la Orden de febrero que está regulando las convocatorias de huelga hasta junio. Denunciamos la generalización e indefinición de dicha orden, así como la falta de justificación para imponer criterios:
  • Un facultativo/a para menos de 15.000 TIS, dos facultativos/as si se supera ese número, sin concretar si está o no incluida la pediatría de Atención Primaria en ese cómputo.
  • La falta de concreción del término “indemorable” en el ámbito hospitalario, lo cual permite a las Direcciones hacer interpretaciones “sui géneris” e incluir algunos casos que no se ajustan a criterios clínicos.
  • La falta de mención específica a la Red de Salud Mental.

En dicho recurso hemos solicitado que se imponga a Osakidetza la obligación de no establecer servicios mínimos que sobrepasen las actividades asistenciales existentes en festivos incluida Semana Santa. Asimismo, hemos puesto ejemplos de Órdenes de otras Consejerías de Trabajo, mucho más detalladas y exhaustivas en cuanto al establecimiento de los mínimos, que garantizan una interpretación menos arbitraria por parte de los correspondientes Servicios Autonómicos de Salud.

Respecto a estas iniciativas administrativas, sobra decir que tienen unos plazos legales de respuesta o la posibilidad de silencio administrativo. Respecto a la solicitud de suspensión cautelar de la Orden de mínimos, por la que algunas personas nos habéis preguntado, tras analizarla minuciosamente, la hemos descartado, ya que existe diversidad de respuestas judiciales en otras comunidades, que pudieran ser contrarias a nuestros intereses.

Recuerda

  • La designación de los servicios mínimos debe ser nominal y notificarse por escrito al igual que las funciones a desarrollar y todo ello firmado por un superior jerárquico.
  • No debe ser encomendada actividad asistencial alguna para servicios mínimos que se pueda suspender durante los días que dure la convocatoria y que no suponga un perjuicio para la salud e integridad del paciente.
  • La negativa a cumplir los servicios mínimos puede dar lugar a responsabilidades y graves consecuencias.
  • Puedes comunicar voluntariamente y por escrito a la Dirección de personas de tu OSI tu deseo de secundar la huelga unos días antes de la misma, para que lo tengan en cuenta a la hora de designar los servicios mínimos.
  • Si bien es cierto que los servicios mínimos en una huelga, y más en una de personal facultativo, es un tema complicado de controlar, no es menos cierto que el éxito de la misma depende de la participación de aquellas personas que no están sujetas a servicios mínimos (más de 8000 facultativos/as en total).

Recordamos que sigue abierto nuestro correo servicios-minimos@sme.eus para que nos trasladéis las incidencias que vayan surgiendo en las jornadas de huelga.

Por último, desde el SME queremos agradecer y reconocer sinceramente a las y los compañeras/os su labor de recopilar y transmitir datos e incidencias sobre la implantación de los servicios mínimos. Sin su ayuda nuestra tarea, ya de por sí nada fácil en este tema, hubiera sido imposible. 

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