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Sobre la sentencia del Supremo que obliga a pagar a los funcionarios turnos y festivos aunque estén de vacaciones (II)

En relación a la sentencia 820/2025 sobre el pago de los complementos variables mensuales* , señalar que en Osakidetza se abonan desde el 2007 en el concepto «complemento retribución variable vacaciones»

Se pagan coincidiendo con las pagas extras y su cálculo se hace con un prorrateo de los 6 meses anteriores.

* PAGA DE VACACIONES
La paga de vacaciones será equivalente a una mensualidad de la tabla retributiva del Anexo I del Acuerdo de Condiciones de Trabajo de Osakidetza, integrada además por los conceptos que a continuación se señalan, calculados con el prorrateo de los 6 meses anteriores:
· Antigüedad -Trienios.
· Complemento de productividad fija (en su caso).
· Complemento de Atención Continuada/ Guardias.
· Complemento de turnicidad.
· Complemento de trabajo en domingos y festivos.
· Complemento de nocturnidad.
· Complemento de localización (personal no sanitario).
· Complemento de jornada partida.
· Complemento de hospitalización.
· Complemento de Jefatura de Unidad de Atención Primaria, en su caso.
· Complemento Coordinador Servicio de Prevención, en su caso.
· Complemento personal, de conformidad con la regulación establecida al efecto.
· Complemento de carrera profesional.
· Ayuda familiar, conforme a la legalidad vigente.
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