Ser Socio Protector de la Fundación Gure Osasuna

Donaciones

La Fundación Cultural Docente y de Investigación, GURE OSASUNA, estudios sanitarios, es una entidad sin ánimo de lucro, promovida por el Sindicato Médico de Euskadi y la iniciativa de personalidades de la vida sanitaria vasca, procedentes de los diversos Colegios Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios; y que tras su constitución en Escritura Pública, es Clasificada, Reconocida e Inscrita por resolución 2.026 de 31 de mayo de 1993, con el nro. GIP-47 del registro de fundaciones de la Dirección General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco (B.O.P.V., de 24 de junio de 1993)

 

Objetivo Fundacional

Su objetivo fundacional, aunque amplio en sus posibilidades de desarrollo, se centra preferentemente en la divulgación dentro del ámbito de la salud, de conceptos válidos para la mejor educación sanitaria de toda la población, por el cual la Fundación quiere contribuir a potenciar la protección de la salud en la población en general.

Régimen tributario

Entre sus medios de financiación figura la aportación de cantidades en concepto de donación, por personas físicas o jurídicas, pudiendo los donantes disfrutar del régimen tributario vigente previsto en la Ley 18/91, de 6 de julio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades, así como en los correspondientes reglamentos y disposiciones posteriores.

Cantidades deducibles

Según la citada normativa fiscal, las personas físicas podrán deducir de la cuota líquida del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el 10% de las cantidades donadas a las Fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al protectorado correspondientes. Asimismo, las Sociedades pueden deducir para determinar el rendimiento neto de cada ejercicio, los donativos a instituciones de carácter benéfico o de utilidad pública, pudiendo llegar dicha deducción al 10% de la base imponible.

 

Certificados de donación

La Fundación GURE OSASUNA, estudios sanitarios, acreditará la efectividad de la donación, mediante certificación en l que figurará, además del número de Identificación Fiscal, los datos del donante y de la entidad donataria. En la citada acreditación se harán constar los siguientes extremos:

  • Mención expresa de que la Fundación GURE OSASUNA, estudios sanitarios, se encuentra incluida entre las entidades sin fines lucrativos
  • Fecha e importe del donativo, cuando éste sea dinerario
  • Documento que acredite la entrega del bien donado, cuando no éste sea dinerario
  • Destino que la entidad donataria dará al objeto donado
  • Mención expresa del carácter irrevocable de la donación

Diplomas de socios protectores

La Fundación GURE OSASUNA, estudios sanitarios, nombrará Socios Protectores de la misma a todos aquellos donantes que de una forma periódica, aporten cantidades a la misma, haciéndoles entrega del correspondiente Diploma acreditativo, independientemente de que se trate de personas físicas o jurídicas, Los mencionados socios tendrán derecho a ser informados de las actividades de la Fundación, gozando de prioridad para su participación en las mismas como colaboración empresarial.

Domicilio social
El domicilio Social está situado en:

C/Autonomía, 1 – 1º D.

48012 BILBAO

Teléfono 94 444 98 67

Fax: 94 444 90 42

Patronato

La Junta del Patronato está formada por los siguientes miembros: D. Ignacio Cortabarria, D. Pedro Ma. Urigoitia, D. José Ramón Berreteaga, D. Fernando J. García, D. Javier Garay, D. Iñaki Linanza, D. Eduardo Ayerdi, D. Valentín Collado, D. Manuel Pérez Martí. D. Antxón Núñez, D. José L. Toribio, D. Rafael Uribarren.