Antigüedad a interinos y eventuales

La existencia de una reciente sentencia del Tribunal de la Unión Europea, ha abierto la posibilidad de reclamar atrasos en concepto de antigüedad al personal interino y eventual. La viabilidad última de la demanda tiene una cierta dosis de incertidumbre, pero las probabilidades de éxito son razonables.

Para tener alguna cantidad reclamable es condición imprescindible tener un mínimo de tres años de servicios prestados en Mayo de 2007. Hay que recordar que a efectos de antigüedad, el periodo MIR es íntegramente válido.

El Sindicato Médico va a iniciar los trámites judiciales, por lo que, recomendamos a cualquier afiliado no propietario que se ponga en contacto con su respectivo sindicato provincial, para valorar su situación particular y las eventuales cantidades a reclamar.