Estamos recibiendo numerosas consultas a este respecto por lo que describimos a continuación, la distinta casuística:
1) Los propietarios anteriores a la OPE 2006 tienen un efecto retroactivo a 1 de Enero 2007.
2) Quienes han accedido a plaza en propiedad en la OPE 2006 en la fase inicial de adjudicación, tienen efectos retributivos desde la toma de posesión o en cualquier caso, desde el 1 de Junio de 2008, si el retraso en la adjudicación es achacable a la organización de la OPE (Acuerdo 2007-9).
3) Quienes han obtenido plaza en las fases de repesca o en la de resultas generan derechos de de carrera desde la toma de posesión.
4) Quienes sigan en situación de interinidad (o cualquiera otra situación distinta de la propiedad) percibirán el nivel de carrera que les correspondiera, tras la resolución de la OPE 2008 o, en cualquier caso, desde el de Julio de 2009