A partir de la entrada en vigor de las listas, los solicitantes podrán hacer las modificaciones que deseen de su elección inicial. Se deberá indicar en la nueva solicitud los nuevos destinos seleccionados y aquellos en los que se desee permanecer, siempre con el límite máximo de quince. Aquel solicitante que modifique su elección inicial solo formará parte de los destinos que indique en su última solicitud, siendo excluido de aquellos destinos que no aparezcan en ésta última solicitud. Es decir, siempre se tomará como válida la última solicitud de elección de destinos realizada. Los solicitantes serán añadidos en los nuevos destinos seleccionados al final de la lista sin baremar ordenados por orden de registro, permaneciendo baremados y en el orden inicial en los destinos que no sufran modificaciones.
Publicado el día 22/02/2017. Plazo de presentación de solicitudes 15 dias naturales desde el día siguiente a la publicación