A partir del 1 de Enero de 2010, entra en vigor la segunda fase del programa de disminución de TIS por cupo médico, tanto en Medicina de Familia como en Pediatría de AP, programa que forma parte, con otros, del paquete de medidas, pactado con el Sindicato Médico en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo 2007-2009.
A continuación se exponen las cifras exactas a partir de las cuales, debe retribuirse el exceso de cupo (en el epígrafe «exceso de URCT»):
MEDICINA DE FAMILIA
– Hasta fin de 2009: 2163 URCT
– A partir de Enero-2010: 1969 URCT
PEDIATRIA
– Hasta fin de 2009: 1774 URCT
– A partir de Enero-2010: 1419 URCT
Estas nuevas cifras corresponden a un «cupo-tipo» de Atención Primaria de (aproximadamente) 1500 adultos por Médico de Familia y 800 niños por Pediatra.
Procede recordar que para hacer realidad estos cupos-tipo basales, el acuerdo Osakidetza-SME comprometió la creación de casi 300 plazas médicas nuevas en las dos especialidades de AP, y, que, como medida de garantía de lo acordado, se estipuló una prima económica para los excesos de cupo que se pudieran producir, así fuera por razones de distribución geográfica o por las dificultades de contratación de profesionales, circunstancia ésta, que se previó especialmente marcada en Pediatría, y que el tiempo ha confirmado plenamente.
En una palabra,el acuerdo buscó quelos cupos deben mantenerse en los niveles pactados, y que quienes, por cualquier razón, soportasen una carga asistencial extra, serían retribuídos por ello, transitoriamente, en tanto se crean las plazas necesarias.