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Carrera Profesional: capítulo III, resumen de la reunión del 20.11.2023

En la reunión del 20 de noviembre de 2023 se abordaron los artículos 11, 12 y disposiciones derogatorias del documento borrador

En el artículo 11, desde el SME, insistimos en realizar convocatorias anuales de desarrollo profesional.  

En lo correspondiente a que en caso de obtener una evaluación negativa se pueda solicitar una nueva evaluación transcurridos dos años de ésta, solicitamos aclarar el concepto de evaluación negativa. En el modelo actual quedan excluidas de oficio las personas candidatas que no obtengan el mínimo de puntuación en el bloque B, y por lo tanto no se consideran evaluadas. Se hace así para evitar penalizar a estas personas.

Desde el Sindicato Médico hemos pedido que nos den traslado de los criterios por los que los mandos intermedios adquieren la capacidad de evaluar al resto de profesionales. Esto viene a colación de la posibilidad de ser evaluado por una jefatura recientemente nombrada, que no conozca el servicio o a las y los profesionales del mismo.

Con lo que respecta a los cargos de libre designación defendemos que, por el mero hecho de haber ostentado este cargo durante cuatro años, no procede otorgar directamente un nivel cuatro a estas personas.  

Se nos convoca a una próxima reunión con fecha de 29 de enero de 2024. Según palabras de la Directora General de Osakidetza, este nuevo decreto no presenta prisa alguna porque en la actualidad no figura entre sus prioridades.